
Heredar deudas… ¿Y ahora qué hago?
9 de abril de 2026Recibir una carta de despido puede generar muchas dudas: si la empresa ha actuado correctamente, si la indemnización está bien calculada, si puedes reclamar, cuánto tiempo tienes o incluso si puedes solicitar el paro.
Lo primero que debes saber es que un despido improcedente no lo es sólo porque la empresa lo diga o porque tú no estés de acuerdo. El despido será improcedente cuando no quede acreditada la causa alegada por la empresa o cuando no se hayan cumplido los requisitos formales exigidos legalmente.
Si te encuentras en esta situación o crees que lo estás, sigue leyendo para conocer qué pasos debes dar, qué plazos no puedes dejar pasar y cuándo conviene reclamar con ayuda de una abogada laboralista.

¿Qué significa que un despido sea improcedente?
En España, el Estatuto de los Trabajadores establece que el despido puede calificarse como procedente, improcedente o nulo. En el caso del despido improcedente, se trata de aquel en el que la empresa no consigue justificar suficientemente la causa del despido o no cumple las formalidades legales necesarias.
Por ejemplo, puede haber improcedencia cuando la carta de despido no explica correctamente los hechos, cuando la causa alegada no es real, cuando no se acredita el incumplimiento imputado a la persona trabajadora o cuando se incumplen garantías formales exigibles.
En el despido disciplinario, el Estatuto de los Trabajadores exige que se notifique por escrito, indicando los hechos que lo motivan y la fecha de efectos.
Además, tras el criterio fijado por el Tribunal Supremo en noviembre de 2024, en los despidos disciplinarios nuevos la empresa debe ofrecer a la persona trabajadora la posibilidad de defenderse de los cargos antes de adoptar la decisión extintiva, salvo que no pueda pedirse razonablemente al empleador que conceda esa posibilidad.
¿Qué hacer si tu despido es improcedente?
Si acabas de recibir una carta de despido, es importante actuar con rapidez, pero sin precipitarse.
Antes de firmar cualquier documento o aceptar una cantidad, revisa bien qué te están entregando. Lo recomendable es:
- Pedir copia de la carta de despido.
- Comprobar la fecha de efectos del despido.
- Firmar solo como “recibido” si te exigen firmar la entrega.
- Añadir “no conforme” si no estás de acuerdo.
- Guardar nóminas, contratos, comunicaciones, cuadrantes, correos, WhatsApps y cualquier prueba relacionada.
- No firmar una baja voluntaria ni un acuerdo de extinción sin asesoramiento previo. Este punto es clave porque la forma en que se documenta el despido puede influir después en la reclamación, en la indemnización y en la defensa del caso.
Plazo para reclamar un despido improcedente
El plazo para reclamar un despido improcedente es de 20 días hábiles desde el día siguiente a aquel en que se produce el despido. No cuentan sábados, domingos ni festivos en la sede del órgano judicial.
Por eso, aunque estés negociando con la empresa, no conviene dejar pasar los días. Una conversación informal, un correo o una promesa de revisión no sustituyen la reclamación formal.
Demanda judicial por despido improcedente
La demanda por despido improcedente debe incluir, entre otros datos:
- La antigüedad
- La categoría profesional
- El salario
- La forma de pago
- El lugar de trabajo
- La modalidad contractual
- La jornada
- La fecha de efectos del despido
- Los hechos alegados por la empresa.
También debe indicarse si la persona trabajadora ostenta o ha ostentado la condición de representante legal o sindical, o cualquier circunstancia relevante para solicitar la improcedencia o nulidad.
En el juicio, la empresa deberá justificar los hechos recogidos en la carta de despido. En principio, no podrá defender el despido con motivos distintos a los incluidos en esa comunicación escrita.
Indemnización por despido improcedente
Cuando el despido se declara improcedente, la empresa puede optar, con carácter general, entre readmitir a la persona trabajadora o abonarle una indemnización.
La indemnización ordinaria por despido improcedente es de 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año, con un máximo de 24 mensualidades.
La empresa tiene un plazo de 5 días desde la notificación de la sentencia para optar entre readmisión o indemnización.
En contratos anteriores al 12 de febrero de 2012, puede aplicarse un régimen transitorio: 45 días por año por el tiempo trabajado antes de esa fecha y 33 días por año por el periodo posterior, con los límites legales correspondientes.
Si la empresa opta por la readmisión, la persona trabajadora tiene derecho a salarios de tramitación. Si opta por la indemnización, la relación laboral se entiende extinguida desde la fecha del cese efectivo.
Pregunta frecuente: ¿Puedo cobrar el paro si reclamo el despido improcedente?
Sí. El SEPE aclara que, para cobrar la prestación por desempleo, no es necesario presentar demanda frente al despido ni esperar a que el despido sea calificado como procedente, improcedente o nulo.
La comunicación del despido por parte de la empresa es suficiente para justificar la situación legal de desempleo y solicitar la prestación, siempre que se cumplan los requisitos exigidos.
Además, el SEPE incluye el despido entre las situaciones legales de desempleo que permiten acceder a prestaciones si se reúnen los requisitos. Esto significa que puedes solicitar el paro y, al mismo tiempo, reclamar contra el despido.
¿Qué documentos debo reunir para reclamar un despido improcedente?
Para valorar correctamente un despido, es recomendable recopilar:
- Carta de despido.
- Contrato de trabajo y anexos.
- Nóminas de los últimos meses.
- Vida laboral.
- Convenio colectivo aplicable.
- Comunicaciones con la empresa.
- Correos, WhatsApps, partes de trabajo o cuadrantes.
- Justificantes de horas extra, comisiones, incentivos o bonus.
- Documentación médica o familiar si puede existir vulneración de derechos fundamentales.
- Finiquito entregado por la empresa.
- Certificado de empresa, si lo tienes disponible.
Cuanta más documentación exista, más fácil será comprobar si la causa del despido es real, si la indemnización está bien calculada y si hay margen para reclamar.
Contacta con una abogada especialista en Derecho Laboral en Canarias
Ante un despido improcedente no basta con comprobar la cantidad que te ofrece la empresa. Hay que revisar la carta de despido, los plazos, la causa alegada, la indemnización, el finiquito, la posible existencia de nulidad y la estrategia más adecuada para reclamar.
Recuerda que lo que hagas en los primeros días puede influir en la defensa de tu caso, en la viabilidad de la reclamación y en la cantidad que finalmente puedas recuperar.
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